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lunes, 26 de octubre de 2015

Nuevo Estatuto de los Trabajadores (I)

Tal como anunciábamos en el artículo de ayer "El Gobierno aprueba el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Empleo", vamos a analizar en profundidad ambas normas que fueron publicadas en el Boletín Oficial del Estado del pasado sábado 24 de octubre.

Doy comienzo al mencionado análisis con una serie de artículos cortos que irán desmenuzando todo el contenido de estas dos importantes leyes sociales.

Comencemos con el Estatuto de los Trabajadores (E.T.). En primer lugar quiero señalar que el texto refundido mantiene la estructura del anterior en cuanto a su articulado se refiere, esto es, mantiene los 92 artículos. Ahora bien, reestructura por completo las disposiciones finales (adicionales), quedando muchas de ellas suprimidas.

Vamos a empezar por su ámbito de aplicación.

El Estatuto de los Trabajadores será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica denominada empleador o empresario.

Por tanto las características del trabajo que se acoge a la regulación del Estatuto de los Trabajadores son:

- Voluntario.
- Retribuido.
- Por cuenta ajena.
- Dentro de la organización y dirección de un empresario.

¿Quiénes son empresarios a efectos del E.T?. Pues serán empresarios todas la personas, físicas o jurídicas, o comunidades de bienes que reciban la prestación de servicios de las personas referidas como trabajadores en los párrafos anteriores, así como de personas contratadas para ser cedidas a empresas usuarias por empresas de trabajo temporal legalmente constituidas.

En definitiva serán empresarios:

- Personas físicas.
- Personas jurídicas.
- Comunidades de bienes.

Observen la referencia a las empresas de trabajo temporal que, obviamente, deben estar legalmente constituidas. Hablaremos de ellas en mayor profundidad llegado el momento.

Seguiremos en el próximo artículo con las exclusiones del ámbito regulado por el Estatuto de los Trabajadores.

Saludo a tod@s.

He editado un blog de fotografía: patiamarilla.blogspot.com. Si desea visitarlo tiene el enlace en la parte superior derecha. Gracias.




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