EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN
EUROPEA EN SU SENTENCIA DE 14.09.2016
EQUIPARÓ INDEMNIZACIONES ENTRE
TRABAJADORES FIJOS Y
TEMPORALES.
LAS CONSECUENCIAS NO SE HAN HECHO
ESPERAR EN ESPAÑA
El pasado martes 20 de septiembre di cumplida información de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 14.09.2016 y que equiparaba las indemnizaciones por despido entre trabajadores fijos y temporales, algo que en el Derecho Laboral español no contemplaba, siendo las indemnizaciones por des pido mucho más favorables para los trabajadores indefinidos o fijos. De ahí la repercusión que dicha sentencia a tenido en nuestro país y más si cabe pues, de una forma u otra, debe trasladarse a nuestro Derecho interno.
Comentaba en dicho post ("Sentencia del TJUE equipara indemnizaciones entre fijos y temporales" fecha de publicación martes 20 de septiembre de 2016) que esa misma mañana -la del 20 de septiembre- los sindicatos más representativos solicitaban el inmediato cambio en la legislación para la aplicación de la Sentencia.
A principios de octubre, el Tribunal Superior de
Justicia de la Comunidad de Madrid (TSJM) dictó Sentencia estimando el derecho a recibir
por parte de una trabajadora interina del Ministerio de Defensa la indemnización correspondiente a una trabajadora indefinida, Esto, claro está, basándose en la Sentencia del TJUE.
Al conocer ambos fallos, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social manifestó que estaba estudiando la manera de "encajar" dicha Sentencia en nuestro ordenamiento. Igualmente declararon que su intención era la búsqueda de una "solución dialogada" con los agentes sociales sobre este importante asunto.
Así las cosas, el 17 de octubre tuvo lugar una reunión entre la Ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones y los Secretarios Generales de los sindicatos UGT y CCOO, así como con los presidentes de las patronales CEOE Y CEPYME.
La postura de partida era avanzar en el diálogo social y analizar la situación planteada por las sentencias en relación con la contratación de trabajados interinos -concretamente con el coste de sus despidos-, así como el impacto que todo esto tendría en las relaciones laborales.
Recordemos en este punto que el Estatuto de los Trabajadores no reconoce indemnización por despido a los trabajadores con contrato de interinidad.
Tras la reunión las partes emitieron un comunicado cuyos contenido principal era el siguiente:
- Las partes (Gobierno, sindicatos y organizaciones empresariales) han analizado la situación planteada por las recientes sentencias en relación con la contratación de interinos y su impacto en las relaciones laborales.
- De cara a garantizar la seguridad jurídica de las empresas y garantizar la estabilidad de los trabajadores las partes acordaron que expertos a propuesta de cada una de ellas estudien las citadas sentencias y el alcance de las mismas y elaboren una propuesta, de manera que permita tomar decisiones en el ámbito del diálogo tripartito.
- La ministra a informado a los interlocutores sociales que para abordar el asunto en el ámbito laboral sanitario, se procederá a convocar de manera urgente a la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud para que, junto con las Comunidades Autónomas, plantee soluciones que permita reducir la actual tasa de temporalidad en dicho Sistema Nacional de Salud.
- Gobierno e interlocutores sociales han analizado la situación de los desempleados de larga duración y el impacto del Programa de Activación para el Empleo. Acordaron analizar las posibilidades de actualización y ampliación del Programa de Activación para el Empleo para ampliar su alcance a la asistencia de desempleados de larga duración.
- Gobierno e interlocutores sociales analizaron la evolución de la Garantía Juvenil Europea, en el marco del anuncio de la Comisión Europea de la ampliación de fondos para este programa.
En ese contexto Gobierno e interlocutores sociales acordaron avanzar los trabajos para dar un nuevo impulso a su implementación.
- En cuarto acuerdo, desde mi punto de vista muy importante, gira sobre el Pacto de Toledo (pensiones). Se inicia el período de revisión quinquenal (últimamente fluyen las malas noticias sobre este asunto en todos los medios de comunicación, analizaremos en breve cual es el verdadero alcance de tanto "alarmismo") y las partes ratificaron el compromiso de seguir trabajando en la búsqueda de acuerdos en el ámbito del sistema de pensiones para su fortalecimiento y sostenibilidad.
El comunicado se emite en Madrid a 17 de octubre de 2016 y bajo los logos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, CCOO, UGT, CEOE y CEPYME.
Como vemos no concretan nada, pero el mero hecho de la reunión, así como las propuestas para seguir avanzando en el diálogo social ponen de manifiesto la preocupación de todas las partes ante una sentencia, la de el TJUE que viene a indicar que el sistema de relaciones laborales español debe corregir todavía algunas cosas para estar en armonía con el de sus homólogos europeos.
Igual de importante es que se aborde en este tipo de encuentro las grandes anomalías de nuestro mercado de trabajo; a saber altas tasas de desempleo en general y altas tasas de desempleo juvenil y desempleo de larga duración en particular.
Mención aparte merece el asunto de las pensiones y el Pacto de Toledo, que me reitero en mi intención de tratarlo en un próximo post pues veo en el horizonte, y más pronto que tarde, una nueva reforma en el sistema público de pensiones.
Espero que este artículo haya sido de su interés.
Muchas gracias.
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