El pasado viernes el Consejo de Ministro aprobó el anteproyecto de la Ley reguladora de la protección social de todos los trabjadores del sector marítimo-pesquero de España. El Gabinete de Comunicación del Ministerio de Empleo y SEguridad Social hizo pública una nota en la que recogía los principales aspectos de este anteproyecto.
Se pretende con este texto unificar la dispersión normativa, así como incluir la jurisprudencia al respecto en una única ley.
Tanto la prestación de asistencia sanitaria como las actividades formativas tendrán cabida en esta nueva norma.
Importante destacar las siguientes novedades: la incorporación de trabajadores al Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar -tanto autónomos como asalariados. Reivindicación, ésta, hitórica en este sector y que ahora se verá normativamente atendida. Señalar que se define a los beneficiarios de las prestaciones que gestiona el ISM (Instituto Social de la Marina) independientemente del Régimen en que se hallen encuadrados.
Se estructurará el Régimen Especial de Trabajadores del Mar en dos grandes grupos: autónomos y asalariados.
La pretensión primordial es la simplificación en cuanto a la regulación del Régimen del Mar, ya que recoge solamente las especificidades del mismo en materia de cotización y coeficientes reductores de la edad de jubilación. Destaco, es importante, que en todo lo demás el texto remite a la normativa general de la Seguridad Social, con afán de evitar duplicidades.
Según la nota de prensa del Ministerio de Empleo y Seguridad Social sobre este anteproyecto de ley, por primera vez una norma con rango legal definirá a los beneficiarios de la protección social específica que lleva a cabo el Instituto Social de la Marina (ISM), trabajadores del sector que no están encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Se tomará la definición de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante para clarificar el concepto de estibador portuario.
Se incorporan al colectivo de trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar:
- Personal que presta sus servicios en plataformas fijas.
- Trabajadores dedicados a la acuicultura.
- Buceadores (tanto extractores de recursos marinos como profesionales, se exceptúan recreativos).
- Rederos.
- Estibadores Portuarios.
- Prácticos de Puerto.
- Autónomo de Marina Mercante.
- Autónomo de pesca marítima.
En definitiva un anteproyecto de Ley que tiene muy buena pinta ya que, al menos a priori, pretende dar respuestas a demandas reiteradas del sector en materia de protección social. Personalmente me gusta lo que he leído. Como siempre, estaré atento al texto definitivo y lo comentaré a los lectores en este blog.
Un saludo a tod@s.
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