En sendas notas de prensa del pasado martes 25 de agosto, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social hacía pública la aprobación por parte del Senado de España de dos importantes leyes sociales. Se trata de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social por un lado y de la Ley de Formación para el Empleo, por otro.
Comencemos con la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social. Entre las novedades que encontramos en este nuevo texto legislativo tenemos las siguientes:
- La Ley permite la aplicación de la tarifa plana de 50 euros a los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y con posterioridad contraten a trabajadores por cuenta ajena.
- Ordena y sistematiza el conjunto de los incentivos al autoempleo para proporcionar una mayor transparencia y seguridad jurídica.
- Refuerza los mecanismos de protección de los autónomos, en especial los económicamente dependientes.
- Amplia los incentivos como la capitalización de la prestación por desempleo o su compatibilización con el inicio de una actividad emprendedora.
En definitiva se trata de una norma que viene a modificar y actualizar la normativa en materia de autoempleo y que adopta medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la economía social, algo a lo que damos una cordial bienvenida desde este blog, pues era muy necesaria una ordenación en este sentido (este bloguero habla con conocimiento de causa, pues ha sido autónomo) y además creo que el autoempleo y el emprendimiento no sólo es una de las herramientas necesarias para la reducción del desempleo, es, además, un resorte para el crecimiento personal y profesional de muchas personas. Eso sí, se hace necesaria, absolutamente necesaria la moderación y equidad por parte del Estado a la hora de gravar con impuestos y cotizaciones a estos trabajadores, pues en muchas ocasiones la carga es insoportable y buenos proyectos se quedan por el camino debido a esto. La tarifa plana de 50 euros y los frutos que ha dado es ejemplo de cómo deben hacerse las cosas en materia de autoempleo. No debe olvidar nunca la Administración que una bajada de cargas tributarias y de cuotas de Seguridad Social a los autónomos se puede compensar por el incremento de trabajadores que se produciría en este colectivo. En este mismo sentido, el de incremento del número de autónomos, la propia ministra Fátima Báñez, al valorar la nueva Ley estimó que el colectivo podría incrementarse en 550.000 nuevas incorporaciones hasta 2019.
Por otra parte, también aprobó la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Senado la Ley de Reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral. Concluyendo de esta forma la tramitación como Proyecto de Ley del Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo.
Los objetivos a alcanzar con este nuevo texto legal son los siguientes:
- Favorecer la creación de empleo estable y de calidad.
- Contribuir a la competitividad empresarial.
- Garantizar el derecho a la formación laboral, especialmente de los más vulnerables.
- Ofrecer garantías de empleabilidad y promoción profesional de los trabajadores.
- Consolidar en el sistema productivo una cultura de la formación y del aprendizaje permanente.
Me gusta mucho, y así lo destaco, la expresión "formación y aprendizaje permanente". Verán, en un mundo donde la tecnología proporciona cambios vertiginosos y rápidos, la no actualización de conocimientos puede llevar a cualquiera a la obsolescencia de habilidades profesionales y por ende a la exclusión del mercado de trabajo. Se hace necesaria la actualización constante de conocimiento e incluso el cambio de rumbo de carreras profesionales. Para esto debe estar presente la formación y aprendizaje permanente.
Este nuevo modelo presenta una serie de puntos clave de los que resalto como más interesante los siguientes:
- Será de aplicación en todas la Administraciones Públicas.
- Los agentes sociales incluyendo asociaciones de autónomos y la negociación colectiva van a tener un papel fundamental en el desarrollo del nuevo sistema de formación.
- Se prevé un sistema eficiente de observación y prospección del mercado de trabajo.
- Se prevé un escenario de planificación estratégica plurianual.
- Se implanta la cuenta-formación que acompañará al trabajador a
lo largo de su carrera profesional al objeto de acreditar su historial
formativo y de orientar la oferta formativa al incremento de su
empleabilidad. Este punto en concreto es muy importante.
- Se utilizará la tele-formación.
- La formación en el seno de la empresa será clave.
- La gestión de formación de oferta se realizará en régimen de concurrencia competitiva.
- De cara a la formación de desempleados, se pondrá en marcha el
“cheque-formación” de forma que será el desempleado quien elija la
entidad de la que recibe formación, sin perjuicio del asesoramiento previo
y seguimiento por parte del Servicio Público de Empleo.
- Evaluación permanente de la calidad y el impacto real de la formación.
-Tolerancia cero contra el fraude.
Como pueden, ver la ley reforma por completo el actual sistema de formación profesional para el empleo. Desde mi punto de vista me parece una Ley muy interesante y muy necesaria. Tengo mis dudas de cómo va a ser su desarrollo en empresas pequeñas (la Ley permite su agrupación para facilitar el acceso a la formación), pero creo, insisto, que era necesario afrontar de manera diligente, y a ser posible, definitiva el tema de la formación para el empleo. Esperemos que con esta norma se resuelva el problema. En cuanto comience su desarrollo iré informando de los pormenores de su puesta en funcionamiento.
Saludo a tod@s.