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sábado, 15 de agosto de 2015

¿Què significa "vacatio legis"?

La expresión latina "vacatio legis" se refiere al período de tiempo que transcurre desde que una norma jurídica es publicada hasta su entrada en vigor.

El artículo 2,1 del Código Civil dispone que las leyes entraran en vigor a los viente días de su completa publicación en el Boletín Oficial del Estado, si en ellas no se dispone otra cosa. 

La "vacatio legis" la encontramos al final de cualquier norma jurídica publicada en el BOE, en la "Disposición final.- Entrada en vigor". En ese apartado de la norma se especifica si la entrada en vigor va a ser inmediata: "La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". O bien si el período de "vacatio legis" va a ser al largo plazo. Esto suele suceder cuando por necesidades técnicas o de otra índole la implantación de la norma requiere un periodo de de tiempo considerable. Así, a modo de ejemplo,  en la Ley 20/2011 de 21 de julio, del Registro Civil, podemos leer lo siguiente en su exposición de motivos:


"La complejidad de la Ley y el cambio radical respecto al modelo anterior aconsejan un extenso plazo de vacatio legis, que se ha fijado en tres años, para permitir la progresiva puesta en marcha del nuevo modelo, evitando disfunciones en el tratamiento de la información registral y la implementación de la nueva estructura organizativa."


En plena armonía con este párrafo, en la Disposición Final Décima.- Entrada en vigor, de la misma Ley,  leemos lo que sigue a continuación:


"La presente Ley entrará en vigor a los tres años de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», excepto las disposiciones adicionales séptima y octava y las disposiciones finales tercera y sexta, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Hasta la entrada en vigor de la presente Ley, el Ministerio de Justicia adoptará las medidas y los cambios normativos necesarios que afecten a la organización y funcionamiento de los Registros Civiles dentro del proceso de modernización de la Justicia."


Como podemos ver, la mayor parte del texto lleva una entrada en vigor de tres años, un periodo de vacatio legis bastante amplio, pero, excepcionalmente, dos disposiciones adicionales entran en vigor al día siguiente de la publicación en el BOE.

Resumiendo "vacatio legis" es el período de tiempo que transcurre desde que una norma jurídica se publica hasta su entrada en vigor.

Un saludo a tod@s.





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