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lunes, 1 de enero de 2018

Novedades sociales 2018 (I). SMI.

FELIZ 2018

El nuevo año trae tal cantidad de novedades en materia social que cubrirlas todas va a ser un auténtico reto. Cierto es que juego con la ventaja de que algunas de ellas ya las habíamos adelantado y ahora el Boletín Oficial del Estado las confirma. Es el caso del nuevo Salario Mínimo Interprofesional para 2018. Fue publicado el sábado 30 de diciembre de 2017 a través del Real Decreto-ley 20/2017, de 29 de diciembre, por el que se prorrogan y aprueban diversas medidas tributarias y otras medidas urgentes en materia social.

De su definición se encarga la Disposición adicional única que ha quedado redactada en los siguientes término:

Disposición adicional única. Fijación del salario mínimo interprofesional para 2018 y reglas de afectación de las nuevas cuantías del salario mínimo interprofesional en 2018, 2019 y 2020.

1. El Gobierno fijará, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el salario mínimo interprofesional para 2018 con un incremento del cuatro por ciento respecto del establecido por el Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017(*). 

(*)Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017 señalaba en su artículo 1 que  el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 23,59 euros/día o 707,70 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

Por tanto si incrementamos la cuantía del párrafo anterior en un cuatro por ciento el SMI para 2018 queda fijado en 736 euros/mes.


2. Asimismo, el Gobierno determinará las reglas de afectación de este incremento y de los que se aprueben en 2018 y en 2019 a las referencias al salario mínimo interprofesional contenidas en los convenios colectivos vigentes a 26 de diciembre de 2017, así como en normas no estatales y en contratos y pactos de naturaleza privada vigentes a 1 de enero del 2018.

3. Lo dispuesto en el apartado anterior se entiende sin perjuicio de que deban ser modificados los salarios establecidos en convenio colectivo y en contratos o pactos de naturaleza privada inferiores en su conjunto y en cómputo anual a las cuantías del salario mínimo interprofesional vigente en cada momento en la cuantía necesaria para asegurar la percepción de dichas cuantías, siendo de aplicación las reglas sobre compensación y absorción que se establecen en los reales decretos por los que anualmente se fija el salario mínimo.

En el mismo Boletín Oficial del Estado del sábado 30 de diciembre de 2017 el Ministerio de Empleo y Seguridad Social publicaba el Real Decreto que fija la cuantía del SMI para 2018. Es el Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2018

En su artículo primero el Real Decreto anterior fija el SMI en los siguientes términos:

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 24,53 euros/día o 735,9 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel. 
Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

En los próximos días traeré al blog todas las novedades en materia social que me sea posible referidas a este inicio de 2018.

Espero que este artículo haya sido de su interés.

Muchas gracias.



Para este 2018 voy a animar a los señores/as lectores/as a que visiten mis otros blogs. Para ello iré anunciando las novedades que vaya publicando en ellos con afán de promocionar ambos blos patiamarilla.blogspot.com y laestanteriadelosingenios.blogspot.com

Hoy he publicado en patiamarilla.blogspot.com un reportaje fotográfico de aves de la Bahía de Cádiz que incluye fotos como la que sigue.



En laestanteriadelosingenios.blogspot.com he publicado los propósitos de lectura para 2018 y entre otras he incluído obras como:


Espero que el contenido de estos blogs también sea de su interés.

Muchas gracias y feliz año nuevo.





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