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jueves, 12 de mayo de 2016

La gobernanza de las TIC

Ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden ECC/692/2016, de 3 de mayo, por la que se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Economía y Competitividad y se regula su composición y funciones. Pues bien, estudiando dicha Orden, encuentro en su Exposición de Motivos la expresión "nuevo modelo de gobernanza de las TIC". Como quiera que dicha frase recoge aspectos muy trascendentes para todo el conjunto de la sociedad, creo que merece la pena un sucinto análisis.

Comenzaré por decir que TIC significa Tecnologías de la Información y la Comunicación. 

Gobernanza, por su parte, es un término más complejo por su ambigüedad y polisemia. Para el uso que voy a darle en el contexto del presente artículo puedo partir de la definición recogida en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española (edición 2014). En su primera acepción la palabra gobernanza se define como: "Arte o manera de gobernar que se propone como objetivo el logro de un desarrollo económico, social e institucional duradero, promoviendo un sano equilibrio entre el Estado, la sociedad civil y el mercado de la economía".

Volviendo a la Orden ECC/692/2016, ésta nos remitía, entre otra normativa anterior, al Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y de la comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

Este Real Decreto, vital en el tema que hoy tratamos, identifica los objetivos de esta nueva gobernanza de las TIC. Así, y cito textualmente, se recoge en su Exposición de Motivos:

Para el diseño de la nueva gobernanza TIC, desde la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se han identificado tres objetivos básicos:
Primero, orientar las actuaciones y líneas estratégicas en las TIC de forma que tengan como principal objetivo satisfacer las necesidades derivadas de la estrategia global del Gobierno y disponer de una planificación estratégica común para toda la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.
Segundo, potenciar la Administración digital y las TIC como los instrumentos que permitan hacer sostenible el constante proceso de innovación y mejora en la calidad de los servicios ofrecidos por la administración que demandan ciudadanos y empresas, e incrementar la productividad de los empleados públicos.
Tercero, racionalizar el uso de los recursos informáticos de forma que se consiga una mayor eficiencia, proporcionando un ahorro sustancial de costes de todo tipo, y en especial en el resto de la actividad administrativa, como consecuencia de una mayor homogeneidad y simplicidad mediante el uso de herramientas comunes y servicios compartidos, objetivo de especial interés en un contexto de limitación presupuestaria.

Tan clarificador que poco puedo añadir sobre la gobernanza de las TIC. Quizás, y a riesgo de ser redundante, la preocupación de las autoridades en la modernización digital de la Administración Pública del Estado. Algo que estamos viendo en la práctica en algunos procedimientos de atención administrativa. Por ejemplo, el 22 de enero de 2016 publiqué un artículo en este mismo blog titulado Modernización de la Administración de la Seguridad Social que, podemos decir, trataba de como la Seguridad Social de España lleva al plano práctico lo que aquí expongo. Otro ejemplo, y creo que de actualidad estando en plena campaña de la Renta 2015, es la modernización digital que nos ofrece en estos días la Agencia Tributaria.

Espero que este artículo hay sido de su interés.

Muchas gracias.


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