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sábado, 28 de noviembre de 2015

¿Qué es la transposición legislativa?

Para que las concretas disposiciones de una política determinada  se implanten con eficacia es necesario que se incorporen al ordenamiento jurídico. Esta afirmación que aparentemente es una obviedad, no es cuestión baladí ni mucho menos, y más cuando tratamos el asunto en ámbitos supranacionales.

A nivel supranacional existen instrumentos jurídicos que permiten la aplicación efectiva de determinadas políticas. Así, la pertenencia de cualquier Estado a la Unión Europea implica la transposición legislativa obligatoria de las políticas de este organismo a las legislaciones nacionales en aras de conseguir la armonización legislativa entre todas ellas.

El instrumento jurídico usado para dicha finalidad es la Directiva

La Directiva forma parte del Derecho derivado de la Unión Europea y debe ser obligatoriamente (así se recoge 288 del Tratado de Funcionamiento de la U.E.) transpuesta al Derecho interno de los miembros de la Unión para su puesta en práctica, por tanto es vinculante.

No es difícil ver en la exposición de motivos de nuestras leyes la referencia a una Directiva determinada.

¿Qué sucede si un país no transpone a su Derecho interno una Directiva? En estos casos la Comisión de la U.E. procede a incoar un procedimiento de infracción e instruir un procedimiento contra el país incumplidor ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

He editado un blog de fotografía: patiamarilla.blogspot.com. Si desea visitarlo tiene el enlace en la parte superior derecha. Gracias.


  

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