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domingo, 8 de marzo de 2015

Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero

El Consejo de Ministros del pasado viernes 27 de febrero aprobó una serie de medidas, la gran mayoría de ellas con gran carga social, que deben ser necesariamente tratadas en este blog. Y tal es así, que ese mismo día subí al blog el comentario de tres medidas: las relativas a las ayudas a trabajadores autónomos que necesiten reducir las jornadas por cuidado de hijos, las relativas a la reducción de peonadas exigidas a los trabajadores agrícolas para acceder a las ayudas económicas y las relativas a las rebajas de cotizaciones para fomentar el empleo indefinido.

Sin embargo fueron muchas más las novedades presentadas. Éstas se materializaron en el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, publicado en el Boletín Oficial del Estado del día siguiente. Como quiera que este texto jurídico es extenso, los lectores/as comprenderán que debo tomarme mi tiempo para estudiarlo y así poder informar sobre los contenidos de la manera más diligente posible. No obstante adelanto los contenidos en los que profundizaremos en próximas entradas, que iré subiendo en función de mi disponibilidad de tiempo.

El Título I trata sobre Medidas urgentes para la reducción de la carga financiera. Su artículo primero modifica la Ley Concursal. El artículo segundo modifica el Real Decreto de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. En el artículo tercero se modifica la ley de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.

En el Título II, Otras medidas de orden social,a lo largo de sus tres capítulos se modifican, entre otras, la Ley sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto de Sociedades, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, la Ley que regula determinadas Tasas en la administración de Justicia. Igualmente se introducen una serie de medidas, algunas ya comentadas, sobre modificación de cotizaciones, o modificación de peonadas, entre otras.

Como comprenderán, tan amplias reformas deben ser minuciosamente analizadas, y esto me llevará algunos artículos, que espero comenzar a subir a lo largo de la semana que comienza mañana.

Un saludo a todos/as. 





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