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lunes, 4 de enero de 2016

Publicación en el BOE de Sentencias anulatorias de convenios colectivos

La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, dispone en su artículo 166.3 (dentro del capítulo dedicado a la impugnación de convenios colectivos) que:

"Cuando la sentencia sea anulatoria, en todo o en parte, del convenio colectivo impugnado y éste hubiera sido publicado, también se publicará en el Boletín Oficial en que aquél se hubiere insertado."

En el Boletín Oficial del Estado del pasado 2 de enero de 2016 encontramos la siguiente resolución de la Dirección General de Empleo:

Resolución de 18 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la Sentencia del Tribunal Supremo relativa al Convenio colectivo estatal de grandes almacenes.

Este convenio colectivo fue impugnado por parte de los actores sociales, resultando que el fallo de la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo estimó en parte los recursos de casación presentados, declarando la nulidad de algún artículo de dicho convenio.

Por tanto en este caso, sentencia anulatoria en parte, o en todos aquellos que se ciñan a lo mencionado en el artículo 166.3 de la Ley 36/2011, se deberá proceder a la publicación de la Sentencia en el BOE.

Muchas Gracias.





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