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viernes, 17 de octubre de 2014

Justicia gratuita. Requisitos

La Constitución Española de 1978 ampara a aquellos que acrediten insuficiencias de recursos económicos para litigar. Para éstos la justicia será gratuita. Igualmente, también lo será cuando así lo determine la Ley.

Pero ¿Cuáles son los requisitos para la asistencia jurídica gratuita?

La repuesta la tenemos en el artículo 3 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Básicamente son los siguientes:

- Tener unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, que no superen los siguientes umbrales:

a) Dos veces el IPREM vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar. (Para 2014  son 12.780,26€)

b) Dos veces y media el IPREM vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas integradas en alguna de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros. (Para 2014 son 15.975,33€).

c) El triple del IPREM vigente cuando se trata de unidades familiares de cuatro o más miembros. (Para 2014 son 19.170,39€).

El IPREM es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Para 2014 quedó fijado en 532,51€ mensuales. Anualmente son 6.390,13€, 

Un saludo a todos/as.



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